Como bien saben todos los responsables, empresarios y dueños de negocio españoles, todas las personas jurídicas deben cumplir con una serie de responsabilidades fiscales, cuyos pagos deben cumplimentarse de forma periódica dentro de los plazos legales estipulados.
Desde CCPYME’s somos conscientes de lo difícil que puede ser llevar un perfecto seguimiento, que nos permita ejecutar una gestión impecable del pago de nuestras obligaciones fiscales, y es por esta problemática por la que recomendamos la realización de un documento que nos ayude a cumplir con esta tarea. Un calendario fiscal.
El calendario fiscal es un documento donde recogemos todos los plazos y fechas de pago estimado de los impuestos de nuestra empresa, para lograr de este modo cumplir con nuestros deberes tributarios.
¿Qué impuestos tengo obligación de pagar? ¿En qué plazo debo pagar estos tributos?
A continuación, procederemos a listar todos los tributos a los que las empresas y autónomos tienen la obligación de pagar, así como los periodos de dichos pagos y las fechas estimadas de los mismos.
- Impuestos de sociedades: Impuesto principal de pymes y empresas españolas. Tiene un tipo general del 25% y un reducido del 15%. Se dedica a gravar el beneficio (neto) fruto de su actividad económica.
El impuesto se suele presentar el 25 de julio de cada año, si este coincide con el año natural, pues ocurre desde los 25 días posteriores a los 6 meses siguientes, tras terminar el periodo impositivo. El pago suele realizarse con la declaración anual (modelo 200) o con pagos fraccionados, que ocurren los 20 primeros días de los meses de abril, octubre y diciembre (modelo 202).
- IRPF: Impuesto que deben pagar los autónomos, siendo este su equivalente con respecto al IS o impuesto de sociedades. Puede pagarse de dos formas: fraccionando el pago con declaraciones trimestrales en base a estimación directa u objetiva (modelo 130 o 131) o haciendo una declaración anual que hace uso del modelo general de presentación.
- IVA: Todos los negocios tienen la obligación de depositar el IVA en hacienda, ya que actúan como agente recaudador del mismo. De esta manera, se debe pagar la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado del periodo correspondiente, siendo este pago realizado de manera mensual o trimestral. No obstante, por norma general, las empresas suelen depositar este impuesto de manera trimestral a través del modelo 303.
- Impuestos locales: Cada CCAA suele tener sus propios tributos, que gravan la actividad de las personas jurídicas, negocios y empresas. Como gestores de negocio, debemos informarnos de cuales son y cumplir con su pago dentro del plazo estipulado.
- IAE: El impuesto de actividades económicas es un impuesto coordinado entre CCAA y el Estado. Es importante, como empresarios o gestores de pymes, que seamos conscientes de si tenemos la obligación de pagar este tributo y sus plazos. No obstante, estamos de suerte puesto que las empresas están exentas de pagarlo los dos primeros años, excluyendo tanto las personas físicas como a las sociedades que tengan una cifra de negocio anual superior al millón de euros.
¿Tienes dudas?
Si quieres que te echemos una mano con la realización de un calendario fiscal, no dudes en contactar con nosotros. En CCPYME’s contamos con los mejores profesionales en materia tributaria, que estarán encantados de ayudarte a crear un calendario tributario a tu medida, para que puedas cumplir con tus objetivos empresariales y centrarte en maximizar el rendimiento y la rentabilidad de tu negocio.