El IVA intracomunitario es el sistema especial de la Unión Europea para la tributación del IVA en las operaciones de compraventa de bienes y servicios entre países miembros. Permite hacer operaciones exentas de IVA siempre que las empresas estén registradas como operadores intracomunitarios (con un número VAT o NIF-IVA).
Operaciones Intracomunitarias
En las operaciones intracomunitarias, la tributación se realiza en destino. La entrega de bienes en el país de origen queda exenta del impuesto y es en el país de destino donde se realiza el hecho imponible.
Exención del IVA para Operadores Intracomunitarios
Para que la tributación de las operaciones esté exenta del impuesto en el país de origen, tanto el cliente como el proveedor deben estar dados de alta como operadores intracomunitarios. Si no lo están, las facturas deben emitirse con IVA.
Contabilización del IVA Comunitario
Para realizar la autoliquidación del IVA comunitario, el sujeto pasivo debe realizar el correspondiente asiento contable, contabilizando simultáneamente un IVA repercutido y un IVA soportado, deducible si cumple los requisitos de los artículos 92 y siguientes de la LIVA.
Normativas Clave
- Directiva 2006/112/CE del Consejo, relativa al sistema común del IVA en la UE.
- Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido en España, que regula la aplicación del IVA intracomunitario en España.
Modificaciones del IVA Comunitario (1 de julio de 2021)
Principales Objetivos
- Adaptar las Directivas al crecimiento del comercio electrónico.
- Reducir el fraude en ventas online intracomunitarias.
- Reforzar el principio de imposición en el lugar de destino.
- Establecer condiciones equitativas para las empresas.
Principales Modificaciones
- Unificación de Umbrales de Venta:
- Se establece un importe único de 10.000 euros al año en transacciones con cualquier Estado miembro. Las ventas iguales o superiores a esta cantidad deberán gravar los productos con el IVA del país de destino.
- Ventanilla Única:
- Permite declarar y pagar el IVA de forma electrónica, remitiendo la tributación recaudada al Estado correspondiente.
- Eliminación de la Exención del IVA en Importaciones:
- Todas las importaciones desde fuera de la UE serán gravadas con el impuesto del país de destino, eliminando la exención para importaciones con valor inferior a 22 euros.
- Gestión de Impuestos de los Marketplaces:
- Las plataformas de mercados en línea se encargan de la recaudación y pago del IVA a los Estados donde vendan sus productos.
Aplicación del IVA Intracomunitario
Condiciones y Operativa
El IVA intracomunitario se aplica en operaciones de compraventa de productos y servicios entre empresas o autónomos de distintos países miembros de la UE. Se basa en:
- Entrega intracomunitaria: Exenta en el país de origen, permitiendo deducción del IVA soportado.
- Adquisición intracomunitaria: Sujeta al IVA en el país de destino, con posibilidad de deducción del IVA repercutido.
- Prestaciones de servicios: Tributan en el país del prestador si el destinatario es un particular y en el del destinatario si este es un empresario o profesional.
Mecanismos Especiales
- Autorrepercusión del IVA:
- El comprador debe autofacturarse el IVA en adquisiciones intracomunitarias.
- Inversión del Sujeto Pasivo:
- En algunos casos, el comprador o receptor del servicio debe declarar el IVA en lugar del vendedor.
- NIF-IVA y ROI:
- Las empresas deben registrarse en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) para obtener un NIF-IVA y operar bajo el régimen intracomunitario.
- VIES:
- Sistema europeo de intercambio de información sobre el IVA, que incluye a todos los operadores con NIF-IVA.
Declaración del IVA Intracomunitario
- Modelos 303 y 390:
- El IVA intracomunitario se declara a través del modelo 303 y se resume anualmente en el modelo 390.
- Modelo 349:
- Declaración recapitulativa específica para operaciones intracomunitarias.
A pesar de la complejidad inicial, una vez comprendidas las normativas y procedimientos específicos, la gestión del IVA intracomunitario resulta manejable para las empresas y autónomos que operan en el ámbito de la UE.