IVA Soportado

El IVA soportado representa el impuesto sobre el valor añadido que una empresa paga por los bienes y servicios adquiridos para su actividad. No todo el IVA pagado es deducible, ya que para que el gasto sea considerado deducible, debe estar directamente relacionado con la actividad empresarial. Existen casos en los que, aunque un gasto tenga un uso mixto (empresarial y privado), se puede considerar deducible en un 50%, aunque oficialmente la norma pueda indicar lo contrario.

El IVA soportado puede incluir:

  • IVA en la compra de bienes y servicios.
  • IVA autorrepercutido en adquisiciones intracomunitarias.
  • IVA en importaciones.
  • Inversión del sujeto pasivo.
  • IVA autorrepercutido en autoconsumos internos.

Recuperación del IVA Soportado en la Unión Europea

Para recuperar el IVA soportado en países de la Unión Europea, es necesario estar registrado como operador intracomunitario y contar con un número EORI. Esto permite que las compras realizadas en la UE no incluyan IVA en sus facturas. Sin embargo, si el gasto incurre en IVA y no se puede deducir directamente, puede ser necesario registrar el gasto con un mayor importe de compra.

Para gastos como alquiler de vehículos, hoteles, comidas, y servicios contratados en el extranjero durante viajes de negocios, se puede incurrir en IVA del país donde se realizan estos gastos. La Octava Directiva permite recuperar este IVA, debiendo presentarse la solicitud de devolución junto con la documentación pertinente. La devolución debe efectuarse en un plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud.

Modelo 360 para la Devolución del IVA

El modelo 360 se utiliza para solicitar la devolución del IVA soportado en la UE por empresarios o profesionales establecidos en España. Debe presentarse telemáticamente, adjuntando copias de las facturas relevantes. La administración española gestiona la devolución ante el país donde se soportó el IVA y debe remitir la solicitud en un plazo de 15 días desde la recepción.

El modelo 361 se usa para solicitar la devolución del IVA por empresarios no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto ni en la UE.

Recuperación del IVA en Países Fuera de la UE

Es posible recuperar el IVA soportado en países fuera de la UE con los que exista un acuerdo de reciprocidad, como Canadá, Japón y Suiza, entre otros. Sin embargo, la recuperación de este IVA puede ser compleja y estar sujeta a trámites administrativos específicos de cada país, lo que puede desalentar su reclamación si el importe no es significativo.

En resumen, el IVA soportado es un aspecto crucial en la contabilidad empresarial, y su correcta gestión puede tener un impacto significativo en la liquidez y los costos operativos de una empresa. Es fundamental conocer las normativas aplicables tanto a nivel nacional como internacional para optimizar la recuperación del IVA soportado.

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