Todos los dueños o responsables del departamento contable de las empresas españolas deben conocer el Plan General Contable.
El PGC no es sino un documento que regula todos los aspectos contables de las sociedades mercantiles de España. Un manual imprescindible a la hora de consultar o solucionar cualquier duda contable, razón por la que siempre debemos tenerlo a mano.
Su redacción, revisión y aprobación está realizado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de cuentas, el cual está encargado de toda materia de regulación contable y auditoría en el marco del territorio español.
En este post, vamos a centrarnos en el PGC para pymes, es decir, en el Plan General Contable para pequeñas y medianas empresas. Si quieres saber qué empresas pueden acogerse a este PGC y qué requisitos deben cumplir, sigue leyendo este post.
Características del PGC para pymes
Aprobado por el Real decreto 1515/2007 del 16 de noviembre, el PGC para pymes es un plan general cuyo objetivo principal es el de agilizar y simplificar los trámites y cuentas anuales contables de las pequeñas y medianas empresas.
Esta simplificación, busca facilitar que todo este tipo de empresas, que pueden tener menos conocimientos o recursos, puedan presentar y redactar unas cuentas y documentos contables simplificados, que les permitan reflejar de una forma más sencilla la realidad contable y financiera de su empresa, o dicho de otro modo, mostrar una imagen lo más fiel posible a la realidad contable y económica de la misma.
De este modo, el PGC para pymes ofrece la posibilidad a estas empresas de presentar una memoria contable y un balance de situación simplificados, que les permiten abreviar la información para agilizar la redacción, y por ende presentación de los documentos.
Destacar que acogerse a este tipo de plan contable no es obligatorio para las empresas, estas pueden acogerse a él si cumplen con un mínimo de 2 de los siguientes requisitos que explicaremos a continuación, durante sus 2 últimos ejercicios contables.
¿Qué empresas pueden acogerse al PGC para pymes?
Para que una empresa o sociedad mercantil española pueda acogerse a este plan contable, debe haber cumplido durante sus dos últimos ejercicios contables con al menos 2 de los siguientes requisitos:
El Real Decreto 1515/2007 establece que solo podrán acogerse al PGC para pymes:
- Aquellas empresas cuyo número medio de empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.
- Aquellas empresas cuyo total de las partidas de sus activos no superen los 2.850.000€
- Aquellas empresas cuyo importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 5.700.000€
Excepciones a la aplicación del PGC para pymes
El Real Decreto hace una aclaración respecto a 4 circunstancias, que anulan completamente la posibilidad de que la sociedad o empresa se acoja a este Plan General Contable, independientemente de que cumpla con 2 de los 3 requisitos explicados previamente.
Las empresas no podrán acogerse al PGC para pymes si:
- Su moneda funcional utilizada no es el euro.
- Forma parte de un grupo de sociedades que haya formulado o formule cuentas anuales consolidadas.
- Ha emitido valores admitidos a negociación en mercados regulados de cualquier país miembro de la UE.
- Si son entidades financieras cuya actividad económica consiste en la captación de fondos del público asumiendo obligaciones respecto a los mismos y las entidades que asuman la gestión de los anteriores.
¿Tienes dudas sobre si tu empresa puede acogerse al PGC para pymes?
En CCPYME’s somos expertos en materia contable y financiera, y estaremos encantados de solucionar todas tus dudas. Si tienes dudas sobre si tu empresa puede o no acogerse al PGC para pymes, ponte en contacto con nosotros sin compromiso y te responderemos con la mayor brevedad posible.