Uno de los afortunados escenarios más repetidos dentro del ámbito emprendedor español consiste en la incapacidad como autónomos de hacer frente a la cantidad de trabajo o volumen de negocio que conseguimos captar. Si somos unos buenos profesionales, contrastados dentro del sector, podemos vernos abrumados por la cantidad de oportunidades de negocio a nuestro alcance.
Esta situación, hace que muchos de los autónomos o freelance españoles se planteen constituirse como empresa, para poder tener empleados a su cargo, que le ayuden a hacer frente a todo su volumen de negocio. Una de las opciones más conocidas y utilizadas para ello en España es la Sociedad Limitada.
En este post hablaremos sobre la figura de la sociedad limitada. Explicaremos su definición y sus características, así como sus requisitos de constitución, haciendo mención a algunos de los tipos especiales de la misma.
¿Qué es una sociedad limitada?
Una sociedad limitada (SL) es una de las sociedades mercantiles o capitalistas con personalidad jurídica más utilizadas en nuestro país para constituir una empresa. Es también conocida como sociedad de responsabilidad limitada (SRL), aunque la acepción más utilizada es la primera.
Este tipo de sociedad cuenta con un capital inicial mínimo de 3.000€, que deben ser aportados por los socios de la empresa y se dividen en participaciones iguales, no divisibles y acumulativas.
Características de la sociedad limitada
La sociedad limitada, cuenta con las siguientes características:
- Es una sociedad que tiene personalidad jurídica, que nace al constituirse la empresa.
- El número mínimo de socios necesarios es de 1, sin límite máximo.
- El capital social mínimo necesario para su constitución es de 3.000€, que debe ser desembolsado en su totalidad.
- Estas aportaciones se dividen en participaciones de la empresa, que son repartidas entre los socios de la misma, en función de su aportación monetaria o en especie.
- La empresa no puede cotizar en bolsa, sus participaciones no pueden cotizar en el mercado de valores.
- La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado a la sociedad, quedando exentos de responder ante deudas de la empresa con sus bienes o patrimonio personal.
Ventajas e inconvenientes de la SL
Las principales ventajas de la sociedad limitada residen en su fácil creación y mantenimiento, así como su limitado coste de constitución. El capital social mínimo es mucho más bajo en comparación con el de la sociedad anónima, lo que disminuye mucho esa barrera de entrada.
Del mismo modo, al tener personalidad jurídica, los socios sólo son responsables de forma limitada al capital aportado, y no tienen que responder con su patrimonio personal.
Por otro lado, la SL tiene una serie de desventajas, siendo las principales la incapacidad de participar en el mercado de valores, así como la dificultad de transmisión de sus participaciones, lo que puede dar lugar a situaciones complicadas tanto a nivel personal como empresarial. Del mismo modo, las SL pueden presentar en ocasiones dificultad para lograr la financiación necesaria para una ampliación de negocio o actividad económica.
Tipos de Sociedad Limitada
Diferenciamos:
Sociedad Limitada Unipersonal
Sociedad Limitada Nueva Empresa
Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (SLFS)
Sociedad Limitada Laboral
¿Debería constituir una sociedad civil en lugar de la sociedad limitada?
Desde CCPYMEs recomendamos sociedades donde la responsabilidad de los socios se limite al capital aportado.